Cuando la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA, interpuso un Recurso de Amparo contra las autoridades de la Caja por negarle el derecho de informar a los y las trabajadoras sobre sus acciones sindicales vía correo masivo de la institución, la Sala Constitucional falló a favor de UNDECA.
Les advertimos, de manera reiterada, a esas autoridades que esa práctica violenta la Libertad Sindical, protegida en nuestra Constitución Política y los Convenios de OIT, y efectivamente la Sala IV nos dio la razón.
¿Qué resolvió el Tribunal Constitucional?
En la Sentencia, que declaró con lugar el recurso que presentamos, el Tribunal Constitucional le ordenó a Luis Fernando Campos, Gerente Administrativo, uno de los principales responsables de ese atropello, lo siguiente:
• Permitirle a UNDECA el envío de correos masivos.
• La rehabilitación del uso de la cuenta de correo electrónico asignada a UNDECA.
• Abstenerse de incurrir en las mismas conductas que fundamentaron el recurso de amparo, bajo la advertencia de imponer prisión de tres meses a dos años o la correspondiente multa, si se niega a cumplir este mandato de la Sala Constitucional
Nuevo ataque de las Gerencias de la CCSS…y nueva derrota
Esa Resolución de la Sala IV fue nuevamente cuestionada por las Gerencias de la institución que interpusieron “una adición y aclaración” (la cual combatimos desde la Unidad Jurídica de UNDECA) que pretendía que el Tribunal Constitucional revocara la Sentencia.
En la resolución complementaria de la Sala Constitucional dictada el 26 de agosto anterior, la cual se nos notificó el día de ayer, se desestimó y declaró sin lugar la gestión de la CCSS.
Por tanto, la sentencia tiene autoridad de cosa juzgada material.
Esto significa una nueva derrota para esas Gerencias de la CCSS que pretendían limitar o silenciar a UNDECA.