El asalto a la democracia y la ruptura del pacto social

“El viejo mundo se muere. El nuevo tarda en aparecer. Y en esos claroscuros surgen los monstruos” (Gramsci)

Por Manuel Hernández

Mas allá de las implicaciones graves que significa el Proyecto de Ley Marco de Empleo Público, en menoscabo de los derechos individuales y colectivos de las personas trabajadoras y la modificación autoritaria del sistema de relaciones laborales de la Administración Pública, que es un tema que desarrollé en varios artículos publicados, pero, cuyo análisis no se puede limitar exclusivamente a dicho vector, en este otro artículo, se enfoca el impacto que este proyecto produce en nuestra Constitución y el sistema democrático.

Desde esta perspectiva, a manera de preámbulo, tenemos que empezar señalando que la Constitución Política es la norma suprema que configura el sistema político.

La Constitución, en términos muy esquemáticos, tiene dos partes: la dogmática y la orgánica.

La dogmática define el modelo, la ideología del Estado y el régimen de los derechos fundamentales que reconoce y se tutelan

La orgánica, concierne al aparato estatal, la estructura de la institucionalidad pública.

Las constituciones políticas, normalmente, recogen el pacto social que regula la convivencia ciudadana.

Este pacto es resultado de la correlación de las fuerzas sociales, que se tensionan dialécticamente en un momento histórico determinado, que disciplina el reparto del poder: el poder económico, social y político.

1.- El derrumbe de la arquitectura del Estado de Derecho y Democrático

Nuestra Constitución Política, promulgada en 1949, configuró un Estado democrático (artículo 1° CO POL).

El Estado se radicó en un esquema de pesos y contrapesos, basado en la división de poderes (artículo 9 CO POL) y una estructura funcional y administrativa descentralizada.

El arquetipo constitucional contempló diferentes niveles o grados de autonomía. En este abanico, tenemos instituciones con autonomía administrativa (artículo 188 CO POL), autonomía de gobierno y administración, como la CCSS (artículo 73 CO POL) y otras que, además, tienen autonomía de organización, que es el caso de las universidades públicas (artículo 84 y 85 CO POL).

Además, están los gobiernos locales, que ostentan su propio régimen autonómico (artículo 176 CO POL).

El Proyecto de Ley Marco de Empleo Público concentra el poder en un Estado centralizado, a cuenta de la potente rectoría política del empleo público que se le atribuye al Poder Ejecutivo.

Esta potestad faculta al Ejecutivo regular y dirigir prácticamente todo el espectro de la Administración Pública, con pocas excepciones que fueron excluidas del marco de la ley.

Los otros Poderes del Estado, incluido el Judicial, y aquellas instituciones descentralizadas, quedan sometidas a la gobernanza del Poder Ejecutivo; es decir, a la dirección política del Gobierno de turno.

Esta rectoría política es absolutamente incompatible, por un lado, con el principio de división de poderes, pilar del Estado de Derecho, y por otro lado, con la autonomía que el constituyente reconoció a la CCSS, universidades públicas y gobiernos locales.

De esta manera, el proyecto desconstitucionaliza el principio de separación e independencia de poderes y el régimen autonómico de estas instituciones, trayéndose al suelo, de una violenta sacudida, de alta magnitud, el edificio político-orgánico de nuestro Estado, que causará daños de fuerte intensidad en el tejido social y territorial del país.

Pero, además, con esta desconstitucionalización de la arquitectura política, el Poder Ejecutivo se garantiza el gobierno y gestión de los servicios que se cometieron a las instituciones públicas y municipalidades.

2.- El hundimiento de la arquitectura social del Estado Democrático

En consonancia con esa arquitectura política-orgánica, nuestra Constitución diseñó un modelo prestacional de los servicios públicos, con el objetivo de satisfacer las necesidades básicas de la población: salud, seguridad social, educación, seguridad ciudadana, agua, energía, electricidad, comunicaciones, vivienda, administración de justicia, entre otros muchos.

El constituyente encargó a las instituciones descentralizadas una misión técnica, especializada, con la finalidad de brindar a la ciudadanía la prestación más eficiente de los servicios públicos.

El proyecto de ley se vuelve contra este esquema prestacional, porque el Poder Ejecutivo, titular absoluto de la rectoría, puede imponer a las instituciones vinculadas por esa ley, las políticas de empleo, de contratación de personal, la promoción de los concursos internos y externos, la creación y eliminación de plazas y la evaluación del desempeño.

Así, el Ejecutivo se garantiza la gestión, el control del gasto, del presupuesto y la prestación de estos servicios, en detrimento de la calidad de vida, el desarrollo social y humano.

Además, el proyecto promueve, ex lege, por una parte, la reorganización y reestructuración de los servicios públicos, y por otra parte, impulsa la “externalización” de aquellas actividades que el órgano rector estime, a su arbitrio político, que son prescindibles.

Entonces, el proyecto fomenta abiertamente el desmantelamiento y la franca privatización de los servicios públicos, que constituyen la infraestructura del Estado Social y Democrático.

3.- Consideraciones finales

Con fundamento en lo expuesto se pueden sostener las siguientes consideraciones:

1.- El fantasma que recorre nuestra Constitución no es la amenaza de un golpe de estado, ni de fraude electoral. El fantasma que acecha la norma suprema es la destrucción de su paradigma político y social, en que se ha basado la convivencia ciudadana durante 7 décadas.

2.- A merced de la rectoría, las instituciones que tienen a su cargo la prestación de servicios públicos, quedan gobernadas por el nuevo Leviatán, un monstruo político, que atisba sospechosos elementos de un “fascismo posmoderno”, al que se le concede patente de corso para regular, dirigir y disciplinar la gestión de los servicios públicos, su reestructuración y hasta su privatización.

3.- El proyecto interviene la gestión política y administrativa de los gobiernos locales, desplomando la autonomía del régimen municipal, que es expresión de democracia territorial.

4.- Como se planteó al principio de este artículo, por encima de la gravísima afectación de los derechos laborales de los y las funcionarias públicas, que no es para menos, entre los cuales destaca la vulneración del derecho fundamental de negociación colectiva, se trata de un proyecto estratégico de reforma del Estado.

Las intentonas frustradas de proyectos de reforma del Estado, desde la década del 80, por las que han pasado tantas Comisiones y toda una élite de ilustrísimos notables, se están concretando, ahora, con el ropaje prestado de este proyecto de empleo público; que implica una reforma de gran calado, en realidad, una transformación del modelo de Estado, que altera el tejido político, social y territorial de nuestro ordenamiento.

Un Caballo de Troya, armado en los establos de Zapote, en el Balcón de los espantos verdes y los recintos de los templos neopentecostales, con la asesoría de OCDE, que se lanza hostilmente contra las reglas de la institucionalidad del país.

5.- El proyecto derriba la institucionalidad republicana, causando una ruptura del pacto social. La fractura del pacto social se ha estado urdiendo desde hace varias décadas, pero se ha intensificado, con mucha fuerza, en los últimos tres años.

El pacto social está ya muy rasgado, no solo por las reformas legislativas reaccionarias aprobadas en este corto período, sino, además, por la desigualdad social, el incremento acelerado de la pobreza, el aumento desmedido del desempleo, que afecta más a las mujeres y jóvenes, profundizadas por la pandemia, en una lógica capitalista de acumulación por desposesión (Harvey), que tiene el objetivo de apropiarse de la explotación privada de los servicios públicos, a contrapelo de los postulados que fundaron la Segunda República.

La quiebra del pacto social, que por ahora está suspendido, levitando en el aire, se pretende consumar y consolidar, en definitiva, con la aprobación de la Ley de Empleo Público.

6.- Esta ruptura es el resultado de un cambio de la correlación de las fuerzas sociales, que expresa un nuevo reparto del poder social y político, que convierte la Constitución en papel mojado y viene a coronar el Estado oligárquico, neoliberal, de carácter antidemocrático y excluyente.

Nos estamos jugando la democracia. No lo digo en un sentido retórico. Creo que es lo que está en el tablero de juego. ¡Ojalá que las fuerzas vivas y todos logremos comprenderlo, a tiempo, antes que sea irreversiblemente tarde¡

Cuando nos jugamos la democracia que nos legaron nuestros antepasados, después de una Guerra Civil, tenemos que hacer un extraordinario esfuerzo y compromiso de unidad social, para contener oportunamente los poderes fácticos que están asaltando el Estado Social y Democrático.

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