El proyecto de ley marco de empleo público no cumple con estándares internacionales del Estado democrático

Por: Manuel Hernández *

“El FMI nos jode a todos. No solo a las camareras”, A PROPÓSITO DE LA REACCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

La Jefa de la Misión del FMI para Costa Rica, en una reunión virtual que celebró con los sindicatos, el viernes de la semana pasada, advirtió: “Lo que se analiza es la oferta del gobierno para garantizar la sostenibilidad de la deuda, no se solicitó vender activos, ni ninguna otra condición”. Así de simple y terminante.

El Gobierno, desmentido por el propio FMI, para salir de paso del traumático trance, no acató más que decir que el Proyecto de ley marco de empleo público se ajusta a los estándares internacionales.

Recurriendo a este improvisado argumento, el Gobierno intenta justificar su obsesiva empresa de hipotecar el futuro de nuestras próximas generaciones, pero lo cierto es que este proyecto está muy lejos de adecuarse a los estándares de la comunidad internacional.

Desde el punto de vista normativo, por lo menos por tres razones, esa inopinada respuesta oficial se puede desvirtuar: En primer lugar, un estándar universalmente admitido es el Estado de Derecho, más aún, el Estado democrático.

El Estado de derecho democrático se funda en los principios de igualdad, libertad, respeto de los derechos adquiridos, división de poderes, justicia social, redistribución de la riqueza, reparto del poder político y reconocimiento de la interlocución de los actores sociales.

El proyecto de empleo público quiebra este estándar internacional, porque funda un nuevo Leviatán, de carácter totalitario, que tendrá bajo su dominio la gobernanza absoluta de la relación de empleo público, eliminando radicalmente la participación de los agentes sociales que representan los intereses colectivos de las y los empleados públicos.

El proyecto violenta el principio de división de poderes, base de la arquitectura del Estado Liberal, sometiendo el Poder Judicial a las políticas del gobierno de turno.

Además, infringe el principio de respeto de los derechos adquiridos y situaciones jurídicas consolidadas, porque de manera coactiva los y las funcionarias que actualmente tienen el esquema de salario compuesto (base más pluses) son trasladados al esquema de salario único global.

Se desatiende, entonces, aquel estándar internacional porque el Estado de derecho se transmuta en un Estado de derecha antidemocrático.

En segundo lugar, un estándar internacionalmente reconocido consiste en que las personas trabajadoras tienen derecho a un salario justo, decoroso, que garantice la satisfacción de sus necesidades materiales y culturales, y las de su familia.

El reconocimiento de un salario justo implica que, por lo menos, el valor real de las remuneraciones no se devalúe en el tiempo.

Este estándar está incorporado en múltiples instrumentos internacionales de Derechos Humanos.

El proyecto lesiona este otro estándar, porque reduce los salarios de los servidores, a expensas del salario único global y, además, produce un estancamiento de las remuneraciones en el largo plazo, que terminará destruyendo el valor real de sus ingresos.

Por último, otro estándar de la comunidad internacional es la negociación colectiva de las condiciones de trabajo, contemplado en varios pactos internacionales de Derechos Humanos y en los siguientes convenios de OIT: N°98, 151 Y 154.

Estos convenios establecen los estándares internacionales en materia de negociación colectiva en la Administración Pública.

Este estándar se ha concretado en reiterados pronunciamientos de los órganos de control de OIT, que han advertido a los Gobiernos de Costa Rica, desde el año 2000, hasta la Administración actual (CEACR/CR/2020), que la prohibición generalizada de la negociación colectiva en los servicios públicos no es compatible con los principios de libertad sindical.

El proyecto tampoco se adecua a este otro estándar internacional, porque prácticamente hace imposible la negociación colectiva en la Administración Pública; amén de varias mociones que están en la tenebrosa corriente legislativa, que de manera expresa pretenden que se prohíba de un solo zarpazo este derecho fundamental.

Por las anteriores razones se puede sostener, de manera contundente, contrario a la réplica del Gobierno, que el Proyecto de ley de empleo público se desvincula manifiestamente de los estándares internacionales reconocidos por la comunidad global civilizada.

La Misión del FMI, no obstante su Manual ideológico, debe comprender que el espurio proyecto carece de legitimidad democrática.

__________________
*Asesor Legal de UNDECA

Dejar una respuesta