Sala IV condena Presidenta de la Caja


La Sala IV falló con lugar un recurso de amparo presentado por la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) por la lista de espera en el servicio de Cardiología del Hospital México.

En dicha sentencia se condenó a las autoridades institucionales al pago de daños y perjuicios, se determinó la violación de los derechos fundamentales de protección a la salud y la vida de los pacientes que están en lista de espera para que se les realice un cateterismo cardíaco, y además, les obligó a que en un plazo de tres meses se resuelva la grave problemática que afecta a los usuarios.

El fallo de la Sala condenó a las autoridades incurridas encabezadas por María del Rocío Sáenz, presidenta ejecutiva de la Caja y a María Eugenia Villalta, gerente Médica y autoridades del Hospital México y les otorga el período de tres meses para resolver las listas de espera. Además se condenó a la Caja al pago de las costas, daños y perjuicios causados y les advierte que se les puede imponer pena de presión de tres meses a dos años si no cumplen con el mandato de esta sentencia.

Meses atrás, la jefatura del servicio de Cardiología del Hospital México, denunció que habían fallecido pacientes esperando que se les practicara un cateterismo cardíaco, por lo que UNDECA presentó este recurso ante la Sala IV, para exigir acciones inmediatas y defender el derecho a la salud de los costarricenses.

“La Sala fue enfática en que existe suficiente fundamento para determinar que se atenta contra los derechos de las personas que integran esta lista de espera y que requieren un cateterismo para garantizar su vida. Se determinó que esta situación trasciende todo margen de proporcionalidad y razonabilidad para la prestación del servicio”, comentó Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

Además, indicó la Sala IV en su sentencia, que al analizar los períodos de espera a los que son sometidos los pacientes –algunos están en lista desde el año 2009- calificó como irregular el procedimiento de las autoridades.

“Otro señalamiento que hace dicho órgano constitucional es que las entidades públicas que prestan servicios de salud, tienen la obligación de adaptarlos a las necesidades de los pacientes y que la carencia de recursos humanos y materiales no les eximen jurídicamente de su cumplimiento”, explicó Chavarría.

Celebramos también que el fallo establece que los jerarcas de las clínicas y hospitales no pueden invocar, para justificar una atención deficiente y precaria de los pacientes, el problema de las listas de espera, sobre todo para las intervenciones quirúrgicas y la aplicación de ciertos exámenes especializados, o la carencia de recursos, pues es un imperativo constitucional que lo servicios de salud sean prestados de forma eficiente, eficaz, continua, regular y rápida.

“Aplaudimos este fallo y anunciamos que nos mantendremos alertas para garantizar que se cumpla con las medidas establecidas en el, de manera que no se continúe ampliando la lista de espera en este y otros servicios, reiterando nuestro compromiso de velar por la salud del pueblo costarricense”, señaló el secretario de UNDECA.

Nuestra organización concluye que lamentablemente las listas de espera están sin Dios ni ley, sin ningún control y que ya es hora, de manera impostergable, que se determine la responsabilidad política que les compete a las autoridades superiores de la Caja, que incluyen la Gerencia Médica, la Presidencia Ejecutiva y la Junta Directiva. Las listas de espera lejos de reducirse, se incrementan exponencialmente, comprometiendo peligrosamente la vida de los pacientes.

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