CCSS: UNDECA presenta Recurso

La Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social, UNDECA, presentó el 8 y 13 de junio dos recursos contra la Presidenta de la República y el Consejo de Gobierno por incumplimiento al mandato de la Ley Constitutiva de la CCSS, pues en su artículo 6, establece la obligación de nombrar al representante del sector laboral en la Junta Directiva de la Caja.

Y son precisamente, las disposiciones constitucionales las que obligan a respetar el derecho de legalidad, como lo es en el caso de la elección y el nombramiento del señor Mario Devandas Brenes para ocupar el puesto en la Junta Directiva de la CCSS como representante del movimiento sindical.

Esta elección la llevamos a cabo una gran mayoría de organizaciones desde el pasado 20 de febrero donde han pasado 4 meses desconociendo la decisión democrática.

Por estas mismas razones también presentamos un contencioso administrativo, con solicitud de medida cautelar contra la señora Presidenta y el gobierno por obstruir la oficialización del Msc. Devandas Brenes.

Esto por violación al principio de seguridad jurídica y la tutela constitucional, incumpliendo los deberes que obligatoriamente le asisten en inactividad material en absoluto menosprecio e irrespeto al proceso de elección democrática.

“La demora intencional de este acto es evidente y para nuestro criterio existe un grave daño, por cuanto esta sesgando de forma arbitraria e inapropiada la integración de la Junta Directiva, negando la representatividad legítima del representante sindical y su poder de decisión con voz y voto, en momentos extremadamente críticos y resolutivos por la grave crisis que afecta a la Caja Costarricense de Seguro Social y salud pública”, comentó Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

De ahí que la medida cautelar pretende que se haga efectivo el nombramiento del señor Mario Devandas Brenes, denuncia presentada además al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, que fue acogido el 14 de junio del año en curso, previniendo a la parte demandada para que en el plazo de 3 días proceda según la ley.

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