San José, 11 de marzo de 2013.
UNT-0054-2013
Licenciado
Fernando Ferraro Castro
Ministro
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Señor Ministro:
Reciba un cordial saludo de la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT), sindicato que cuenta con una importante cantidad de afiliados y afiliadas en la Policía Penitenciaria.
Amparados en el principio de pluralidad sindical que es parte esencial de la libertad sindical, mediante oficio fechado 22 de febrero de 2013, le solicitamos autorización para ingresar a los distintos centros penales para realizar trabajo sindical y atender a nuestra afiliación directamente en su centro de trabajo.
A la fecha no solo no se ha brindado respuesta a nuestra solicitud, sino que según se nos ha informado en algunos centros, se ha girado orden expresa de no permitir el ingreso de nuestros representantes a los centros penales, cosa que nos extraña sobremanera, porque hemos constatado que representantes de otro sindicato que también cuenta con afiliación en ese sector, no solo tienen permiso de tiempo completo con goce de salario para dos funcionarios, sino que se les permite el libre acceso a las dependencias del Ministerio, lo que nos hace pensar que la disposición no es de carácter general, sino particular y únicamente referida a nuestro sindicato.
Al respecto, consideramos oportuno recordarle que en Costa Rica la libertad sindical es un derecho constitucional. El artículo 60 de nuestra Constitución Política señala que “Tanto los patronos como los trabajadores podrán sindicalizarse libremente, con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales.” Asimismo, el Código de Trabajo en su artículo 332 establece de interés público la constitución de sindicatos; además de los convenios internacionales 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificados por nuestro país mediante la ley No.2561 del 11 de mayo de 1960 y diversas declaraciones de derechos humanos.
Nuestro sistema de libertad sindical, implica, no solo la libertad de ejercer el derecho a organizarse sindicalmente sin más limitaciones que las estrictamente necesarias para proteger la salud, la moral y el orden público, sino también la garantía de la pluralidad sindical. Es decir, en un régimen democrático de libertad sindical, es obligatorio garantizar a las personas trabajadoras la posibilidad de organizarse y/o afiliarse a organizaciones sindicales diversas sin discriminación alguna entre ellas.
Todos los sindicatos de la orientación y formación que sean, son iguales ante la ley por lo que no es posible establecer límites o tratamientos diferenciados que constituyan un trato discriminatorio en favor de una organización sindical y en detrimento de otra.
Conforme lo expuesto, por este medio le solicitamos nuevamente, se autorice el ingreso de los representantes sindicales de la Unión Nacional de Trabajadores, debidamente acreditados, a todos los centros penales del país, para realizar trabajo sindical y atender a nuestros afiliados y afiliadas en su lugar de trabajo; toda vez que al impedirnos el acceso no solo se estaría obstaculizando el ejercicio de la libertad sindical, sino que se estaría otorgando un trato privilegiado a un sindicato en perjuicio de otro, generando así una discriminación entre los afiliados y afiliadas de una y otra organización.
No queremos sospechar que su Ministerio esté favoreciendo a una organización sindical en particular, situación que reiteramos, atentaría contra el principio de autonomía, independencia y pluralidad sindical, por lo tanto, demandamos se atienda nuestra petición y se autorice a los Centros Penitenciarios y demás dependencias del Ministerio de Justicia y Paz, que permitan el acceso a los representantes sindicales de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT).
Sin más y agradeciendo su atención,
Susan Quirós Díaz
Secretaria General UNT
cc. Sr. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
cc. Sra. Roxana Chacón Artavia, Directora de Asuntos Laborales Defensoría de los Habitantes.
cc. Oficina Regional de OIT para Centro América y el Caribe.
cc. Victor Báez Mosqueira, Confederación de Trabajadores de las Américas.
cc. Ramón Cardona Nuevo, Secretario FSM para América Latina.
cc. Luis Chavarría Vega, Coordinador FSM para Centroamérica y el Caribe.
cc. Onidia Gómez Calderón, Coordinadora Plataforma Sindical Común Centroamericana.
cc. Movimiento sindical internacional.
cc. Movimiento sindical costarricense.
cc. Organizaciones sindicales afiliadas y amigas FSM en Costa Rica.
cc. Trabajadores y Trabajadoras Policía Penitenciaria.
cc. Afiliados y afiliadas UNT-Ministerio de Justicia y Paz – Policía Penitenciaria.
cc. Medios de Comunicación Colectiva.
cc. Junta Directiva Nacional UNT.