Convocatoria por la defensa de la CCSS

Este lunes 15 de junio se realizó una conferencia de prensa para dar a conocer las acciones de la manifestación del jueves 18 de junio a las 9:00 a.m., convocada por organizaciones agrupadas en el Frente Nacional por la Defensa de Caja y la Seguridad Social, FRENASS, y con el respaldo del Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense, BUSSCO, frente de las oficinas centrales de la Caja Costarricense de Seguro Social, CCSS.

El motivo es exigir a las autoridades de la CCSS que se manifiesten sobre la Agenda Nacional Unitaria para el Rescate de la Caja, que fue presentada desde el año anterior y la cual surgió como resultado del IV Encuentro Nacional por la Defensa de la Caja el 4 de octubre de 2014.

“Nos manifestaremos frente a las oficinas centrales de la Caja y solicitaremos a las autoridades de la CCSS que bajen y nos atiendan o bien que reciban a una delegación del FRENASS y del BUSSCO, para conocer su posición con respecto a una propuesta seria que se entregó desde hace más de 8 meses y de la cual no se han referido.”, señaló Guillermo Keith, coordinador de FRENASS.

La Agenda fué entregada en 2014 y es un amplio documento de 80 páginas con 80 propuestas que buscan el Rescate de la institución y restaurar su autonomía Constitucional.

Posteriormente la manifestación se desplazará a la Asamblea Legislativa para la entrega miles de firmas de ciudadanos y ciudadanas que apoyamos el Proyecto de Ley que pretende el Rescate de la Autonomía de la CCSS y que se elimine la Presidencia Ejecutiva de la Caja.

Undeca TV

Informe VI y final Conferencia CIT 104 -OIT


Compañeros y compañeras trabajadoras:

Este sábado se han acordado los informes de la Comisión de Normas, con dos documentos un informe general y otro que registra las deliberaciones de los 24 casos individuales, que se establecieron para ésta conferencia.

Desafortunadamente la representante de los empleadores en la Comisión, en ésta reunión plenaria final, reiteró el malestar de los mismos con respecto a la interpretación que la hecho la Comisión de Expertos con respecto a que del Convenio 87 dimana el derecho a huelga.

El representante de los trabajadores ha reiterado, asimismo, que la Comisión de Expertos tiene que hacer su trabajo en condiciones objetivas e independientes, esa posición de los empleadores lo único que hace es que repitamos también, que el derecho a huelga es un derecho aparejado al ejercicio de la democracia, una conquista de los trabajadores, que no vale refugiarse en pretextos, cuando se prohíben los derechos, cuando se deniegan no queda más opción que hacer escuchar la voz. Que los trabajadores no están dispuestos a pagar con sus derechos una crisis que no ocasionaron.

Asimismo, los empresarios de FEDECAMARAS presentaron en el lugar una nueva queja contra el gobierno de Venezuela lo que obligó a una ronda de intervenciones.
Cerró esa ronda ésta servidora en los siguientes términos:

“Buenas tardes compañeros y compañeras:
Lamentamos la situación que se viene dando en contra del gobierno de la República Bolivariana de Venezuela, por su permanente lucha a favor de las clases más desposeídas, que no le es conveniente para quienes siempre ostentaron el poder.
Por otra parte, no olvidamos los trabajadores, que en Europa y América, en el siglo XIX y parte del XX, los sindicatos estuvieron proscritos y no solo eso: la constitución de coaliciones obreras, sindicatos y las huelgas estaban penalizadas con cárcel.

Los mártires de la clase obrera no se dejaron amilanar con semejante prohibición, que data desde el Código de Napoleón, se organizaron y revelaron para conquistar lo que ahora es Derecho Fundamental de los trabajadores/as.

En Costa Rica siempre ha sido prohibida la huelga en todos los servicios públicos., porque en el sector privado prácticamente no existen los sindicatos. Pero no nos resignamos, con todo respeto, como quisieran los empleadores, condenados a un destino natural e inevitable.

No nos hemos resignado. Cuando el diálogo no es posible, hemos realizado las huelgas por más de 60 años aunque reiteradamente las declaren ilegales.

El derecho de huelga es consustancial a la libertad sindical. ¡El Derecho de Huelga es libertad de presión y libertad de expresión de la clase trabajadora!!! Vamos, a defender este primigenio derecho sin el cual la clase trabajadora pierde su libertad. Muchas gracias.”

Se clausuró esta 104° CIT con los actos protocolarios finales.

Aprovecho para agradecer a todos los compañeros y compañeras que depositaron su confianza en mi persona para representar a la clase trabajadora costarricense. En este desafío he puesto mi mejor empeño, como corresponde al mandato que me fue dado.

A sus órdenes, saludos cordiales,

Martha Elena Rodríguez González
Delegada Sindical Costa Rica
14 junio de 2015, Ginebra, Suiza

Trabajadores de archivo del Calderón Guardia obligados a ir a paro


“Es inhumano, ineficiente, desorganizado y hasta enfermiza la situación de los archivos del Hospital Calderón Guardia, así no podemos trabajar con eficacia y la situación es tal que los más afectados son los usuarios que ven como parte de sus expedientes se pierden, rompen, mojan o ensucian.”, así calificó la trabajadora de archivos

Este miércoles 10 de junio trabajadores y trabajadoras de archvos del Calderón Guardia se fueron a paro ante la grave situación de este vital servicio.

Arturo Abarca, dirigente de UNDECA, dijo que esperan que la Dirección del Hospital se siente a negociar una solución a un problema que ya tiene más de 20 años y que cada vez se agrava más.

“No es una, ni dos, ni cinco las veces en que se ha llegado a acuerdos sin que las autoridades del hospital cumplan con dar soluciones reales a este problema de archivos. Los afectados directos son los pacientes y los usuarios en general, ya que parte de sus expedientes se deterioran, rompen o pierden por la saturación de documentos que a su vez generan parásitos que afectan la salud de los trabajadores. Esto debe tener solución, pero real, no de palabra.”

Todos los servicios que requieren del expediente de los asegurados se ven afectados por el deterioro o pérdida de partes de los documentos.

Sala IV condena Presidenta de la Caja


La Sala IV falló con lugar un recurso de amparo presentado por la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA) por la lista de espera en el servicio de Cardiología del Hospital México.

En dicha sentencia se condenó a las autoridades institucionales al pago de daños y perjuicios, se determinó la violación de los derechos fundamentales de protección a la salud y la vida de los pacientes que están en lista de espera para que se les realice un cateterismo cardíaco, y además, les obligó a que en un plazo de tres meses se resuelva la grave problemática que afecta a los usuarios.

El fallo de la Sala condenó a las autoridades incurridas encabezadas por María del Rocío Sáenz, presidenta ejecutiva de la Caja y a María Eugenia Villalta, gerente Médica y autoridades del Hospital México y les otorga el período de tres meses para resolver las listas de espera. Además se condenó a la Caja al pago de las costas, daños y perjuicios causados y les advierte que se les puede imponer pena de presión de tres meses a dos años si no cumplen con el mandato de esta sentencia.

Meses atrás, la jefatura del servicio de Cardiología del Hospital México, denunció que habían fallecido pacientes esperando que se les practicara un cateterismo cardíaco, por lo que UNDECA presentó este recurso ante la Sala IV, para exigir acciones inmediatas y defender el derecho a la salud de los costarricenses.

“La Sala fue enfática en que existe suficiente fundamento para determinar que se atenta contra los derechos de las personas que integran esta lista de espera y que requieren un cateterismo para garantizar su vida. Se determinó que esta situación trasciende todo margen de proporcionalidad y razonabilidad para la prestación del servicio”, comentó Luis Chavarría, secretario general de UNDECA.

Además, indicó la Sala IV en su sentencia, que al analizar los períodos de espera a los que son sometidos los pacientes –algunos están en lista desde el año 2009- calificó como irregular el procedimiento de las autoridades.

“Otro señalamiento que hace dicho órgano constitucional es que las entidades públicas que prestan servicios de salud, tienen la obligación de adaptarlos a las necesidades de los pacientes y que la carencia de recursos humanos y materiales no les eximen jurídicamente de su cumplimiento”, explicó Chavarría.

Celebramos también que el fallo establece que los jerarcas de las clínicas y hospitales no pueden invocar, para justificar una atención deficiente y precaria de los pacientes, el problema de las listas de espera, sobre todo para las intervenciones quirúrgicas y la aplicación de ciertos exámenes especializados, o la carencia de recursos, pues es un imperativo constitucional que lo servicios de salud sean prestados de forma eficiente, eficaz, continua, regular y rápida.

“Aplaudimos este fallo y anunciamos que nos mantendremos alertas para garantizar que se cumpla con las medidas establecidas en el, de manera que no se continúe ampliando la lista de espera en este y otros servicios, reiterando nuestro compromiso de velar por la salud del pueblo costarricense”, señaló el secretario de UNDECA.

Nuestra organización concluye que lamentablemente las listas de espera están sin Dios ni ley, sin ningún control y que ya es hora, de manera impostergable, que se determine la responsabilidad política que les compete a las autoridades superiores de la Caja, que incluyen la Gerencia Médica, la Presidencia Ejecutiva y la Junta Directiva. Las listas de espera lejos de reducirse, se incrementan exponencialmente, comprometiendo peligrosamente la vida de los pacientes.

«Flagelos que azotan Costa Rica»


Señora presidenta, señoras y señores

Costa Rica es una pequeña República, cuya población, sufre el despiadado flagelo de la pobreza, con galopante e incontenible crecimiento de la inequidad en la distribución del ingreso: el quintil más rico de la población se apropia de más del 50% del ingreso, mientras el quintil más pobre recibe menos del 5%.

Por este motivo compartimos lo planteado por el Director General, en su memoria, en el sentido de que “los avances en la capacidad de producción, no han significado una mejor distribución de la riqueza”.

Costa Rica experimenta un incremento desproporcionado del desempleo y la economía informal, el más alto en los últimos años, además, más de una tercera parte de las personas trabajadoras no reciben el salario mínimo y al menos al 6.7% se les deniegan todos sus derechos laborales. Grandes segmentos de trabajadores que viven en la sombra de la sociedad, convertidos en ciudadanos de segunda.

No obstante que en el concierto político internacional nuestros gobernantes pregonan el carácter democrático de nuestro sistema, lamentablemente observamos un progresivo e intenso deterioro del Estado Social, la alteración de la institucionalidad pública y la impune enajenación de la soberanía nacional.

La desarticulación del Estado Democrático se complementa con las acciones gubernamentales de represión y criminalización del legítimo derecho de protesta ciudadana: recientemente dirigentes sindicales fueron enjuiciados por manifestarse durante una huelga del sector portuario y el 24 de este mes, se celebrará un juicio, de corte político, contra ciudadanos que participaron en una manifestación en defensa del Seguro Social.

En este contexto, señora Presidenta, en mi país la Libertad Sindical es objeto de un constante, permanente y sistemático ataque, concertado entre el Gobierno, las instituciones del Estado y el sector empresarial.

Los tratadistas del derecho del trabajo sostienen que la Libertad Sindical es una constante de los sistemas democráticos, que no existe democracia sin Libertad Sindical, pero en mi país, en lugar de promover la sindicación de los trabajadores, por contrario, las acciones están enfocadas a socavar la Libertad Sindical: el derecho de asociación sindical, negociación colectiva y la huelga.

El derecho de huelga, incluidos los servicios esenciales, quedó regulado en una reforma al Código de Trabajo, pero el Gobierno recientemente promulgó un decreto que declaró la prohibición absoluta de la huelga en los servicios públicos, el cual combatimos en los Tribunales.

La abrogación del derecho de huelga, mediante un decreto ejecutivo, es absolutamente irreconciliable con el principio de progresividad y máxima efectividad de los Derechos Fundamentales.

El derecho de huelga es consustancial a la libertad sindical. ¡¡¡El Derecho de Huelga es libertad de presión y libertad de expresión de la clase trabajadora!!! Vamos, a defender este primigenio derecho sin el cual la clase trabajadora pierde su libertad.

En materia de negociación colectiva, la situación no es menos alentadora. Desde hace varios meses el Tribunal Constitucional viene prohibiendo y restringiendo la negociación de convenciones colectivas en el sector público, pese a los reiterados pronunciamientos del Comité de Libertad Sindical, que han impelido al Gobierno a respetar el derecho de negociación colectiva, tutelado en el Convenio N° 98.

Bien apunta el Sr. Ryder, en su iniciativa relativa al futuro del trabajo, acerca de las inequidades, las dificultades para crear empleo de calidad y los mecanismos para generar más de 600 millones de puestos de trabajo, en los próximos 15 años; agregamos la enorme presión que significará ese ejército de desamparados, especialmente de jóvenes y mujeres.

Hay una incapacidad del sistema de proveer los bienes y servicios a una población que se duplica cada 25 años, con crecimientos económicos insuficientes, muy por debajo del 4% anual necesario, que se agrava porque este crecimiento no sólo es insuficiente, sino que es desigual; los índices económicos de ingreso per cápita y Producto Interno Bruto son espejismos que no reflejan el deterioro y empobrecimiento de las grandes mayorías.

Este panorama obliga a que asumamos un proceso mucho más comprometido con las necesidades de quienes nada o menos tienen, que marque el derrotero de la OIT para el siguiente centenario.

Desafortunadamente, no nos podemos engañar, no se ha logrado el pleno respeto de los Derechos y Principios Fundamentales en el Trabajo. En su lugar, la tendencia ha sido la desregulación laboral, la precarización del trabajo y el crecimiento de la economía informal.

La creciente globalización de una economía que experimenta rápidos y profundos cambios derivados de la evolución tecno-científica, obliga a que las reglas del mundo del trabajo y las relaciones de producción deban reinventarse, y será tarea de la OIT dictar las pautas globales que equilibren la balanza y aseguren Justicia, que es lo que demandamos, a quienes producimos la riqueza del planeta.
Se debe velar porque este proceso sea integral; no con programas de ajuste estructural, que iniciaron socando la faja de los trabajadores para que los pobres vivieran más pobres y posteriormente la faja del Estado, para reducir su participación en la economía mediante privatizaciones y políticas de contención del gasto público, pero que nunca alcanzaron las ganancias de los empresarios.

Esos programas ni siquiera incidieron en contención de la corrupción, cuya impunidad campea a lo largo y ancho de nuestro planeta. Aquí concuerdo con Sábato: _“Y entonces me pregunto: ¿en qué clase de sociedad vivimos, que democracia tenemos, donde los corruptos viven en la impunidad y al hambre de los pueblos se la considera subversiva.”_‘?

La estructura tripartita de la OIT y los procesos de diálogo social constituyen factor clave, para que en el marco de las conversaciones de cara al centenario, se procuren los mejores objetivos de la Humanidad: el pleno empleo, trabajo decente y justicia social para todos.

Al cumplirse un siglo de vida de la OIT, tenemos la expectativa y la esperanza de que los gobiernos y las organizaciones sociales podamos razonar y decidir cuestiones que se traduzcan en políticas y acciones concretas que contribuyan a que la clase trabajadora mundial disfrute del mayor bienestar y paz, en condiciones de igualdad, fraternidad, libertad y justicia social.

Muchas gracias

Informe IV Conferencia CIT 104 -OIT


Saludos compañeros y compañeras:

El trabajo continúa. En las Comisiones Transición de la Economía informal a la formal está ya en reuniones la Comisión de redacción, en PYME y creación de empleo hay reunión hoy hasta las 9 de la tarde, en la Comisión para la Discusión recurrente sobre la Protección Social (protección de los trabajadores) está programada pasada la medianoche (12:30 am) y Aplicación de Normas estará reunida hasta las 10:30 de la noche porque los casos van atrasados.

El día de ayer me correspondía el discurso por la representación de trabajadores de Costa Rica en horas de la tarde, que está prevista pasadas las 3 de la tarde.

Por otra parte informar que el Presidente Luis Guillermo Solís, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Misión Permanente en el país para la ONU, otros diplomáticos y el Ministro de Trabajo, junto a delegaciones internacionales, estuvieron presentes en la Sala de Derechos Humanos para la Conferencia del Presidente: “Un camino al desarrollo: desarme, derechos humanos y paz en Costa Rica”, versó acerca de la próxima conferencia en París con motivo de las conversaciones acerca del cambio climático, amplió con la necesidad de desarmar, especialmente las armas nucleares, la erradicación de la pobreza y otros que garanticen la paz de las sociedades.

El 70 aniversario de la Federación Sindical Mundial, FSM, se celebró con la participación de gran cantidad de delegados y la representante del Director General, de la Oficina de actividades con trabajadores, ACTRAV, que inició con un discurso de George Mavrikos, Secretario General.

*En el caso de la Comisión de Normas ya se han discutido los siguientes casos:
Convenio 138, sobre la edad mínima.*

Estado Plurinacional de Bolivia referente a la edad mínima para acceder al trabajo, cuya edad era de 14 años en Bolivia y se disminuyó a 12 y 10 años.

Convenio 182, sobre las peores formas de trabajo

Camboya y Camerún por infracción al Convenio sobre las peores formas de trabajo, sobretodo la venta y trata de niños.

Albania por la trata de niños y la necesidad de proteger a los niños rumanies de las peores formas de trabajo infantil, la trata, mendicidad forzosa y el trabajo en las calles.

Convenio 29 sobre el trabajo forzoso.

Eritrea en cuanto el Servicio Militar es obligatorio y como parte del mismo se obliga al trabajo en construcción de carreteras, puentes, trabajos agrícolas, se realizan redadas en las casas para el reclutamiento.

Convenio 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho a sindicación

República Bolivariana de Venezuela denunciado por la organización de empresarios FEDECAMARAS-

Argelia al prohibir a los trabajadores extranjeros gozar del derecho a la sindicación y la necesidad de respetar a las organizaciones de trabajadores y empleadores,

Bangladesh se denuncian asesinatos de dirigentes sindicales, mínimo de un 30% de trabadores afiliados para registrar el sindicato, restricciones al derecho de sindicación de aviación civil, injerencia en los sindicatos, entre otros.
Belarús por obstaculizar el registro de sindicatos y obligación en 6 meses de afiliarse a una central, denegación de los derechos de manifestación y reunión, prohibición de recibir asistencia financiera internacional.

El Salvador la comisión deplora el asesinato del sindicalista Sr. Victoriano Abel a la fecha impune. Tomó notas de la organización empresarial, ANEP, que en conjunto con la organizacional de empleadores, OIE, relativas a proyectos de ley que faculta al presidente para nombrar los representantes de los empleadores, así también se denuncian las prohibiciones para afiliarse a más de un sindicato, la regulación de 35 trabajadores y 7 patronos para formar sindicatos de trabajadores o patronales.

Guatemala por graves actos de violencia contra dirigentes sindicales y sindicalistas y de la situación de impunidad al respecto, con 58 asesinatos desde el 2004, 16 de ellos entre enero 2013 y agosto 2014, el gobierno alega que se da protección a varios sindicalistas y se dedican recursos a ello, porcentajes mínimos para constituir sindicatos, ser guatemalteco y un número de trabajadores para declarar la huelga y trabas para el registro, las graves incumplimientos ejercicio sindical en las maquilas.

Kazajstan. Aunque el gobierno no estaba presente el caso se analizó, por cuanto hay necesidad de modificar las leyes para que los jueces puedan sindicalizarse, así como bomberos y personal penitenciario, los mínimos para constituir sindicatos y para convocar a una huelga, asimismo la ley que crea la Cámara Nacional de Empresarios que representarían a los empleadores recuerda que la prohibición de huelga debe limitarse a los funcionarios que ejercen autoridad en nombre del estado.

Convenio 111 sobre la discriminación.

República de Corea por discriminación a los migrantes y negarles el derecho de cambiar de lugar de trabajo por trato injusto del empleador, la discriminación en razón del sexo por baja participación de las mujeres en la fuerza de trabajo y en puestos de dirección, discriminación de los educadores por opiniones políticas, entre otros.

Convenio 122 sobre la política del empleo.

España por deterioro del mercado de trabajo, necesidad del diálogo con los interlocutores sociales al formular políticas de empleo y la inserción laboral de los jóvenes, también los procesos de educación y formación para generar oportunidades de empleo, los empleadores promueven la flexibilidad laboral.

Italia con respecto a las medidas para evitar el empleo informal, el desempleo, el alto desempleo juvenil y la reducción de brechas entre el empleo de hombres y mujeres, los programas de educación y formación.

Convenio 81 sobre la inspección del trabajo.

Honduras por necesidad de inspectores y medios financieros y materiales para cumplir con sus funciones, visitas solo por denuncias, la necesidad de estabilidad en el empleo e independencia del gobierno de los inspectores.

India indicando que se hacen inspecciones solo en la esfera central, dispensa a las zonas económicas especiales, ZEE, y de las Tecnologías de la información de las inspecciones y se modifiquen las leyes para que los inspectores puedan ingresar libremente a los establecimientos de trabajo.

Convenio 98 sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva.

Islas Mauricio los sindicatos denunciaron discriminación sindical e injerencia en los asuntos sindicales, una reducción del 70% de los convenios colectivos en sector textil y trabajadores migrantes, el delegado trabajador manifestó, que pese a lo dicho por la representación gubernamental, en Islas Mauricio se irrespeta la libertad sindical.

Quedan pendiente aún Mauritania, México, Fillipinas, Qatar, Swazilandia y Turquía.

De las intervenciones le queda a una la sensación de que la lucha de clases está más vigente que nunca, los intereses de los trabajadores son totalmente divergentes, los planteamientos reiterados, sistemáticos, en contra de la Comisión de Expertos y del derecho a huelga derivado del Convenio 87.

*¡Viva el derecho a huelga! ¡Viva la clase trabajadora! *

Martha Rodríguez González
Representante de la Clase Trabajadora Costarricense
Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense, BUSSCO
Secretaria General Adjunta de UNDECA
FSM