UNDECA apela eliminación de sábado santo en la CCSS


SGA-113-2013
San José, 14 de marzo del 2013

Dra. Ileana Balmaceda Arias
Presidenta Ejecutiva
Señoras y señores directores
Junta Directiva
Caja Costarricense de Seguro Social

ASUNTO: RECURSO DE RECONSIDERACION Y NULIDAD QUE ESTABLECE UNDECA CONTRA ACUERDO DE JUNTA DIRECTIVA ADOPTADO EN EL ART. 33º DE SESION Nº 8625 DE 28/02/2013

Estimadas señoras (es):

Quien suscribe, MARTHA ELENA RODRIGUEZ GONZALEZ, SECRETARIA GENERAL, EN EJERCICIO, de la UNION NACIONAL DE EMPLEADOS DE LA CAJA Y LA SEGURIDAD SOCIAL (UNDECA), con fundamento en los motivos que se exponen a continuación, me apersonó a impugnar el ilegal acuerdo de esa Junta Directiva, adoptado en el artículo 33º, de la sesión Núm. 8625, celebrada el 28 de febrero de 2013, por resultar sustancialmente contraria al ordenamiento jurídico.

1.- Este acuerdo aprobó las disposiciones de la semana santa de este año, determinando que solo el jueves y viernes son feriados y que el sábado santo, 30 de marzo, no constituye día feriado, que es este último extremo la parte de dicho acuerdo que aquí se impugna (literal c) de su parte dispositiva).

2.- Este último extremo del acuerdo violenta evidente y manifiestamente el art. 27 del Reglamento Interior de Trabajo de CCSS:

_“Son hábiles para el trabajo, todos los días del año, excepto los feriados y los días de descanso semanal existentes por disposición legal o por convenio entre las partes.
Se considerarán feriados los siguientes: 01 de enero, 11 de abril, jueves, viernes y sábado santo, 01 de mayo, 25 de julio, 02 de agosto, 15 de agosto, 15 de setiembre, 12 de octubre y 25 de diciembre (….)”_

Esta disposición reglamentaria declara, de forma expresa, que el sábado santo es un día feriado.

Un simple acuerdo de ese órgano, jamás puede privar a este día el carácter jurídico que le atribuyó el Reglamento Interior de Trabajo, fuente jurídica objetiva que regula la relación de empleo de los servidores de la Caja.

Esta disposición del Reglamento está plenamente vigente; desde el punto de vista jurídico, es absolutamente eficaz, que no ha sido derogada por ninguna disposición sobreviniente, cuyo precepto, en consecuencia, tiene que ser rigurosamente cumplido.

3.- Este extremo del acuerdo impugnado se fundamentó en el artículo 27 de la Normativa de Relaciones Laborales. Esta norma elenca los días de pago obligatorio: 1º de enero, jueves y viernes santo, 11 de abril, 1º de mayo, 25 de julio, 2 y 25 de agosto, 15 de setiembre, 12 de octubre, 25 de diciembre y los días de asuetos que decreten las autoridades competentes.

La disposición simplemente omitió indicar el sábado santo. Esta omisión de ninguna manera justifica que se interprete que la Normativa de Relaciones Laborales excluyó o eliminó el carácter feriado que a este mismo día le atribuyó el Reglamento Interior de Trabajo. El análisis tiene que hacerse de manera comprensiva, integral y por tanto, concluirse armónicamente que resulta pertinente la aplicación de ambas disposiciones.

4.- Por otra parte, no se podría considerar que esta disposición de la Normativa de la Relaciones Laborales, derogó la precedente disposición del Reglamento Interior de Trabajo.

Una interpretación de esta especie es totalmente improcedente, en razón de que no existe ninguna incompatibilidad entre estas normas, que impida la aplicación de ambas disposiciones.

5.- Mucho menos se puede interpretar que operó esta derogatoria, en virtud de que la propia Normativa de Relaciones Laborales contiene una disposición que protege los derechos adquiridos y prohíbe cualquier aplicación regresiva de la Normativa:
“Artículo 3. Naturaleza, derechos adquiridos y fuentes de derecho:

Lo establecido en esta normativa no modifica ni perjudica los derechos, ventajas y condiciones mejores que actualmente disfrutan los trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social o las que en el futuro llegaren a obtener. En ausencia de disposiciones específicas para casos determinados, regirán, además la Constitución Política, los Convenios de la Organización Internacional de Trabajo debidamente ratificados por Costa Rica, el Código de Trabajo y sus principios, los principios cristianos de justicia social, las leyes supletorias o conexas, las demás disposiciones legales vigentes y los principios del Derecho Público aplicables a la relación de empleo.”

Esta disposición contiene una cláusula general de salvaguardia, que por una parte, tutela los derechos adquiridos y por otra parte, impide la aplicación de la Normativa en perjuicio de “los derechos, ventajas y condiciones mejores” que disfrutan los trabajadores.

La norma consagra el principio de mejor favor o condición más beneficiosa, que imposibilita la aplicación de normas menos ventajosas para los trabajadores.
El alcance que tiene esta cláusula de salvaguardia, desvirtúa cualquier interpretación que pretenda dejar sin efecto el art. 27 del Reglamento Interior.

6.- El artículo 27 del Reglamento Interno de Trabajo establece un beneficio legítimo, que por larga tradición han disfrutado los trabajadores, amparado en norma expresa del ordenamiento jurídico, que sin lugar a duda está plenamente vigente.

Esta norma viene a cumplir la función del principio de legalidad, que obliga a las autoridades de esa institución a respetar este derecho de los trabajadores y trabajadoras (art. 11 constitucional en relación con el art. 11LGAP).

Por contrario, a contrapelo de este principio constitucional, el acto impugnado deviene sustancialmente disconforme con el ordenamiento jurídico, porque de manera arbitraria se revocó este derecho de los trabajadores.

PRETENSION DE ESTE RECURSO

Con base en los motivos expuestos, fundamentada en los artículos 11, 39, 41 de la Constitución Política y normas reglamentarias citadas, comparezco a impugnar ese extremo del acuerdo adoptado en el artículo 33º, de la sesión número 8625, de 28 de febrero de 2013, cuya reconsideración y nulidad absoluta solicitamos que se declare y en su lugar, se determine que el sábado santo es un día feriado, inhábil, para todos los efectos laborales y jurídicos que correspondan.

NOTIFICACIONES:

Las recibiremos en este número de fax: 22-21-11-38.

Atentamente,
P/JUNTA DIRECTIVA NACIONAL UNDECA

Martha E. Rodríguez González
Secretaria General Adjunta

Cc./
Luis Fernando Campos Montes, Gerente Administrativo CCSS
Archivo

Paraguay: Mercosur critica parcialidad de Oscar Arias, enviado de la OEA

La crítica de países del Mercosur al expresidente costarricense Oscar Arias por su parcialidad manifiesta a favor del gobierno surgido del golpe de Estado parlamentario en Paraguay, tuvo eco hoy en la prensa local. Medios de difusión paraguayos divulgaron declaraciones de Argentina, Brasil y Uruguay, las cuales calificaron de “groseramente incorrectas” las manifestaciones de Arias sobre una supuesta injusticia de Mercosur y Unasur por la suspensión impuesta al Ejecutivo de Federico Franco.

Franco ascendió al poder en junio pasado tras el expedito juicio político del Congreso al presidente constitucional Fernando Lugo, el cual culminó en su destitución del cargo mediante un proceso con duración apenas de poco más de 30 horas.

Los Estados críticos de la posición de Arias subrayaron lo inadecuado de sus criterios, dada su condición de jefe de una misión de observación de los próximos comicios enviada por el secretario general de la OEA, José Miguel Insulza, por cierto sin aprobación del Comité Permanente de esa instancia.

Reiteraron que las medidas adoptadas por Mercosur prevén en forma expresa el mantenimiento del pleno compromiso con el bienestar y el desarrollo de Paraguay.

Ellas se acordaron sin generar perjuicio alguno al pueblo paraguayo, por lo que toda referencia a una actitud aislacionista de los demás países del Mercosur hacia el Paraguay es groseramente incorrecta, dijeron, según la versión publicada aquí.

Igualmente, el documento de la organización integracionista censuró la valoración de Arias sobre lo que es la debida aplicación del Protocolo de Ushuaia sobre el Compromiso Democrático en el seno de Mercosur.

También expresó la confianza de los países del Mercosur en la obra histórica de integración que están desarrollando y en la pronta normalización del ejercicio de los derechos de todos los Estados Parte.

INTERNACIONAL: Política y solidaridad por «Los Cinco»


Para el destacado fotorreportero Bill Hackwell, casi se han agotado los caminos legales de la causa de los Cinco, como son conocidos Gerardo Hernández, Ramón Labañino, Antonio Guerrero, Fernando González y René González.

“Pero en Estados Unidos grandes casos únicamente se han resuelto con grandes movilizaciones de la opinión pública y para ello hay que divulgar”, subrayó Hackwell en comunicación vía correo electrónico con Prensa Latina en esta capital.

Según Hackwell, en los últimos tiempos se aprecian pasos en el posicionamiento del tema en el país, “aunque todavía las barreras son fuertes, pero nosotros desde el movimiento solidario estamos trabajando para mantenerlo vivo, es una cuestión del día a día, de no agotarnos”.

Por otra parte, el próximo día 29 se inaugurará en San Francisco, California, una exposición de 25 pinturas sobre mariposas endémicas de Cuba creadas por Antonio Guerrero.

Se espera la participación de Alejandro Murguía, Poeta Laureado de San Francisco, “una personalidad que por primera vez se suma a las actividades de apoyo a esta causa”, precisó Alicia Jrapko, coordinadora en Estados Unidos del Comité Internacional por la Libertad de los Cinco.

Y es así, “con acciones de diverso tipo, que hemos ido difundiendo entre distintos sectores cuál es la injusticia y hemos ido sumando a políticos, artistas, parlamentarios, amigos de todos los credos y religiones”, quienes alzan su voz por el regreso de estos hombres al seno de su familia en Cuba, añadió.

Adelantó Jrapko que “junto al Comité del Reino Unido Campaña de solidaridad con Cuba estamos participando hoy con información sobre los Cinco en una conferencia de mujeres del Sindicato de los Trabajadores del Acero en Pittsburgh, Pensilvania”. El propio 29 de marzo se realizará otro acto, pero en el Roone Arledge Auditorium, Lerner Hall, de la Universidad de Columbia, en Nueva York, donde hablará el abogado del equipo legal de los Cinco, Martin Garbus.

De acuerdo con el programa, participará también el representante permanente de Cuba ante Naciones Unidas, Rodolfo Reyes, así como el representante venezolano ante ese organismo internacional, Julio Escalona, y el exprisionero político puertorriqueño Luis Rosa.

La iniciativa en la ciudad neoyorquina es auspiciada por la Asociación de Estudiantes Caribeños de la Universidad de Columbia, así como por la Casa de las Américas, Proyecto Educativo Popular por la Libertad de los Cinco Cubanos y la Coalición 26 de Julio.
_
“Gerardo, Ramón, Antonio, Fernando y René vinieron a Estados Unidos para monitorear las actividades de grupos terroristas de origen cubano radicados en Miami y de esa forma prevenir nuevos ataques contra su país”_, recordó el Comité Internacional en un comunicado difundido la víspera.

El grupo solidario enfatizó que “en lugar de recibir medallas por sus acciones, fueron detenidos y han permanecido encerrados por casi 15 años en prisiones federales estadounidenses”.

Uno de ellos, René González, fue excarcelado en octubre de 2011 tras cumplir su sentencia, pero se le obliga a saldar otros tres años de libertad supervisada dentro del territorio norteamericano.

Los Cinco fueron arrestados el 12 de septiembre de 1998 y recibieron sentencias en diciembre de 2001 que van hasta la impuesta a Gerardo Hernández de doble cadena perpetua más 15 años.

_______________________
Por Deisy Francis Mexidor
Periodista de la agencia Prensa Latina
13|03|2013

FSM: 1.426 multimillonarios frente al 80% de la población mundial que vive con $10 por día

Mientras que 1.426 multimillonarios del mundo celebran su incorporación a lista de los más ricos del mundo, según la revista Forbes, después de haber reunido un patrimonio neto total de $5.4 billones de dólares, lo que significa un aumento de $ 800 mil millones desde el año pasado, recordemos que estas riquezas no podría haber sido acumuladas sin los medios más importantes de la producción: la fuerza de trabajo.

Ninguna idea brillante se podría haber llevado a cabo, ningún producto nuevo podría haber sido producido, ninguna máquina podría haber sido construido, ningún medio de transporte hubiera podido moverse sin los trabajadores. Sin el sudor y la sangre de los trabajadores de los barcos, las minas, en las obras de construcción y las industrias nada sucedería.
Estos multimillonarios lo son por la apropiación del producto del trabajo social y la explotación de los recursos naturales que pertenecen al pueblo.

Sin embargo, mientras que estos multimillonarios están celebrando en sus aviones y jacuzzis, hay un 80% de la población que vive con menos de $ 10 por día, y en realidad el 50% de la población que vive con $2,50, mientras que muchos millones de esas personas viven en barrios marginales, siguen siendo analfabetos, carecen de acceso suficiente a agua potable y servicios médicos adecuados.

Estos multimillonarios y millonarios están librando la lucha de clases por controlar a los gobiernos. El FMI, el Banco Mundial tratan de corromper y manipular el movimiento sindical para facilitarlas modificaciones sociales del modelo neoliberal.

Luchemos nuestra parte con más determinación, fortalecer la orientación de clase del movimiento sindical y crecer en nuestras luchas por la satisfacción de las necesidades actuales de los trabajadores y los sectores populares.

Federación Sindical Mundial
Athens, Greece – March 13th, 2013

«No hay malos empleados públicos, lo que hay es malos jerarcas»


Respuesta al Ministro de Trabajo (I Parte)

Porque me alude directamente como parte de los representantes sindicales ante la Comisión Negociadora de Salarios del Sector Público, respondo la nota del Ministro de Trabajo “Diálogo y justicia” (La Naci ón, 11/03/2013) en que “invita a las dirigencias sindicales para que nos sentamos a dialogar”. En esta primera parte solo me voy a referir al asunto del desempeño laboral y dejo para otro momento el tema de la equidad salarial.

Sobre el desempeño laboral de los empleados públicos habría que referirse a varios elementos que nos alejen del enfoque simplista y hasta manipulado con que el Gobierno trata éste tema.

1) Evaden la responsabilidad de administrar. En primer lugar, la misma confesión de los responsables, sobre el fracaso de los sistemas de evaluación en casi todas las instituciones públicas, nos hace dirigir la mirada hacia los que nos gobiernan desde hace décadas. ¿De quién es la responsabilidad de velar por la administración de los recursos humanos? ¿A quién le corresponde diseñar y poner en ejecución un sistema de evaluación del desempeño? Ambas preguntas tienen una respuesta obvia: son los jerarcas de las instituciones los principales responsables del desempeño laboral de sus empleados y, en todo caso, también son responsables por evaluar adecuadamente ese desempeño. En el Gobierno Central existe una institución especializada, el Servicio Civil, que está directamente supeditada del Ministerio de la Presidencia. ¿Entonces? Da pena oír al capitán del barco echarle la culpa a los marineros por el mal rumbo del barco.

2) La eficiencia del Estado y el desempeño de los empleados públicos. El Ministro de Trabajo confunde la eficiencia del Estado con el desempeño laboral. Nuevamente elude la responsabilidad de gestión que le corresponde a los jerarcas en este asunto. La eficiencia de una institución, por ejemplo la CCSS o el Ministerio de Educación, no depende de manera exclusiva del desempeño laboral. Es que el desempeño laboral puede ser bueno y la eficiencia puede no serlo tanto, porque tiene que ver más con las variables organizaciones, y dentro de éstas, con la calidad de administración de los recursos, incluyendo los humanos. En todo caso, ¿dónde están los estudios técnicos que muestran la ineficiencia de los empleados públicos? ¿Dónde están los estudios técnicos que demuestran la ineficiencia de tal o cuál institución del Estado y dónde están las medidas propuestas por quiénes las administran? Por ejemplo, los problemas de la CCSS tienen como origen principal la mala administración, la intromisión de la politiquería en la gestión.

3)El clientelismo con los cargos públicos. Y para que se vea cuan poco sincero es del discurso de la necesidad de “vincular los incentivos salariales al desempeño” nada más tenemos que recordar cómo, en cada una de nuestras instituciones, se nombran en cargos de jefatura alta y media a personas que no tienen más atestado que el de ser “pega banderas” de tal o cual partido o familiares o allegados de tal o cual jerarca. El clientelismo político con los cargos públicos es una práctica común dentro del Estado costarricense y por supuesto que éste repercute en el desempeño institucional y laboral. Nada más perjudicial para la moral del trabajo que desempeñarse bajo las órdenes de un inepto o arribista político.

*4) Las consultorías y la sub-utilización de la capacidad instalada. *Otra práctica muy extendida en la administración pública es la de contratar “consultores externos” para realizar estudios e incluso labores que son propias de los (as) funcionarios (as) ordinarios (as). Se trata de otra modalidad de “clientelismo político” que ha creado una vasta red de “empleo” para amigos y allegados de las autoridades institucionales. Ejemplos sobran, en cada una de nuestras instituciones, de “consultores” a los que nadie mide la “evaluación del desempeño” y de los que no se conoce siquiera el resultado de su cara consultoría. En lugar de gastar sumas millonarias en consultorías se debería aprovechar la alta calificación del empleo en el sector público y aprovechar mejor la experiencia y conocimientos de sus profesionales.

Claro que el Estado requiere de cambios en la administración de los recursos humanos, incluyendo mejores sistemas de evaluación del desempeño. Nosotros creíamos que los recientes cambios impulsados por el Servicio Civil iban en ese sentido. Y si no, ¿qué es lo que están esperando las autoridades de las instituciones del Estado?, ¿Para eso no es que se les elige?, ¿Cuántos años tiene, por ejemplo doña Laura, de pasearse de una institución a otra del Estado costarricense y qué ha hecho por mejorar su administración?, ¿Lo de la Trocha no es una muestra de la incapacidad, del mal desempeño administrativo, de los jerarcas de éste Gobierno?

El dicho popular se hace cierto en esto: “no hay empleado malo, lo que hay son malos jefes (jerarcas)”.

Franklin Benavides Flores
Representante de la CGT ante CNSSP
San José, 12 de marzo del 2013

UNT: Carta pública al Ministro de Justicia y Paz


San José, 11 de marzo de 2013.
UNT-0054-2013

Licenciado
Fernando Ferraro Castro
Ministro
MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ

Señor Ministro:

Reciba un cordial saludo de la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras (UNT), sindicato que cuenta con una importante cantidad de afiliados y afiliadas en la Policía Penitenciaria.

Amparados en el principio de pluralidad sindical que es parte esencial de la libertad sindical, mediante oficio fechado 22 de febrero de 2013, le solicitamos autorización para ingresar a los distintos centros penales para realizar trabajo sindical y atender a nuestra afiliación directamente en su centro de trabajo.

A la fecha no solo no se ha brindado respuesta a nuestra solicitud, sino que según se nos ha informado en algunos centros, se ha girado orden expresa de no permitir el ingreso de nuestros representantes a los centros penales, cosa que nos extraña sobremanera, porque hemos constatado que representantes de otro sindicato que también cuenta con afiliación en ese sector, no solo tienen permiso de tiempo completo con goce de salario para dos funcionarios, sino que se les permite el libre acceso a las dependencias del Ministerio, lo que nos hace pensar que la disposición no es de carácter general, sino particular y únicamente referida a nuestro sindicato.

Al respecto, consideramos oportuno recordarle que en Costa Rica la libertad sindical es un derecho constitucional. El artículo 60 de nuestra Constitución Política señala que “Tanto los patronos como los trabajadores podrán sindicalizarse libremente, con el fin exclusivo de obtener y conservar beneficios económicos, sociales o profesionales.” Asimismo, el Código de Trabajo en su artículo 332 establece de interés público la constitución de sindicatos; además de los convenios internacionales 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificados por nuestro país mediante la ley No.2561 del 11 de mayo de 1960 y diversas declaraciones de derechos humanos.

Nuestro sistema de libertad sindical, implica, no solo la libertad de ejercer el derecho a organizarse sindicalmente sin más limitaciones que las estrictamente necesarias para proteger la salud, la moral y el orden público, sino también la garantía de la pluralidad sindical. Es decir, en un régimen democrático de libertad sindical, es obligatorio garantizar a las personas trabajadoras la posibilidad de organizarse y/o afiliarse a organizaciones sindicales diversas sin discriminación alguna entre ellas.

Todos los sindicatos de la orientación y formación que sean, son iguales ante la ley por lo que no es posible establecer límites o tratamientos diferenciados que constituyan un trato discriminatorio en favor de una organización sindical y en detrimento de otra.

Conforme lo expuesto, por este medio le solicitamos nuevamente, se autorice el ingreso de los representantes sindicales de la Unión Nacional de Trabajadores, debidamente acreditados, a todos los centros penales del país, para realizar trabajo sindical y atender a nuestros afiliados y afiliadas en su lugar de trabajo; toda vez que al impedirnos el acceso no solo se estaría obstaculizando el ejercicio de la libertad sindical, sino que se estaría otorgando un trato privilegiado a un sindicato en perjuicio de otro, generando así una discriminación entre los afiliados y afiliadas de una y otra organización.

No queremos sospechar que su Ministerio esté favoreciendo a una organización sindical en particular, situación que reiteramos, atentaría contra el principio de autonomía, independencia y pluralidad sindical, por lo tanto, demandamos se atienda nuestra petición y se autorice a los Centros Penitenciarios y demás dependencias del Ministerio de Justicia y Paz, que permitan el acceso a los representantes sindicales de la Unión Nacional de Trabajadores (UNT).

Sin más y agradeciendo su atención,

Susan Quirós Díaz
Secretaria General UNT

cc. Sr. Olman Segura Bonilla, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
cc. Sra. Roxana Chacón Artavia, Directora de Asuntos Laborales Defensoría de los Habitantes.
cc. Oficina Regional de OIT para Centro América y el Caribe.
cc. Victor Báez Mosqueira, Confederación de Trabajadores de las Américas.
cc. Ramón Cardona Nuevo, Secretario FSM para América Latina.
cc. Luis Chavarría Vega, Coordinador FSM para Centroamérica y el Caribe.
cc. Onidia Gómez Calderón, Coordinadora Plataforma Sindical Común Centroamericana.
cc. Movimiento sindical internacional.
cc. Movimiento sindical costarricense.
cc. Organizaciones sindicales afiliadas y amigas FSM en Costa Rica.
cc. Trabajadores y Trabajadoras Policía Penitenciaria.
cc. Afiliados y afiliadas UNT-Ministerio de Justicia y Paz – Policía Penitenciaria.
cc. Medios de Comunicación Colectiva.
cc. Junta Directiva Nacional UNT.