Informe V Conferencia CIT 104 -OIT

Buenos días compañeros y compañeras:

Composición y quórum de la Conferencia: presentes 169 Estados Miembros representados en la Conferencia Internacional del Trabajo., acreditadas 5 912 personas.

Como se observa a continuación algunas centrales presentaron una:

Protesta relativa a la designación de la delegada de los trabajadores de Costa Rica

La Comisión recibió protesta de las confederaciones CTRN, CMTC, CSJMP y la CUT, impugnando la designación por parte del Gobierno de una representante de UNDECA, como delegada de los trabajadores alegando que:

El Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense (BUSSCO), no era un sindicato constituido legalmente.

A BUSSCO pertenecían principalmente organizaciones de los sectores de la educación y salud, y no representaban a los trabajadores de otros sectores económicos, entre ellos el sector público.

ANDE, solo representaba a maestros y APSE únicamente a docentes de la educación media, que no son las organizaciones más representativas del sector de la educación, mientras que el SEC sí lo era.

Que el SEC y SITRACOME eran los más representativos del sector de la educación y el total de miembros ascendía a más de 74 000.

El gobierno respondió:

Agradecía la asistencia de la OIT-Costa Rica en el proceso de designación de delegados a la Conferencia.

Tomó en cuenta las conclusiones y las recomendaciones de la Comisión de Verificación de Poderes de la 101.a Conferencia (2012), que señaló la opinión de la Corte Permanente de Justicia Internacional (CPJI) de 1922, que determinó que cuando varias organizaciones convienen en una designación, el Gobierno debía tomar en consideración su fuerza numérica conjunta. En ausencia de acuerdo entre todas las organizaciones más representativas, podía prevalecer la designación que emanaba de una coalición de organizaciones cuyos efectivos conjuntos superaban los de la organización más numerosa.

El Gobierno señaló que la opinión consultiva núm. 1 de la CPJI aclaraba el significado del término «organizaciones [profesionales] más representativas» previsto en el párrafo 5 del artículo 3 de la Constitución de la OIT que, en el caso de Costa Rica, no se limitaba a las centrales sindicales, sino que incluía a las coaliciones de organizaciones sindicales de diversos grados, que podían constituirse a los efectos de designar al delegado de los trabajadores ante las reuniones de la Conferencia.

El Gobierno tomó en consideración las agrupaciones sindicales cuyo conjunto de afiliaciones superara al de las organizaciones sindicales más numerosas o al bloque que éstas u otras pudieran presentar. El Gobierno indicó que era sobre esa base que había acreditado a la Sra. Martha Elena Rodríguez González.

El Gobierno precisó que BUSSCO no era un sindicato, sino una coalición de sindicatos que consensuaron la designación de la delegada de los trabajadores ante la Conferencia. Según el Gobierno, BUSSCO estaba compuesto por 17 organizaciones de trabajadores: el Sindicato Nacional de Asistentes de Servicios de Salud (SINASS); la Asociación Nacional de Técnicos y Trabajadores de la Energía y las Comunicaciones (ANTTEC); la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE); el Sindicato Independiente de Trabajadores Estatales Costarricenses (SITECO); el Sindicato de Trabajadores del Instituto Nacional de Aprendizaje (SITRAINA); la Unión de Profesionales del Banco Popular (UNPROBANPO); la Unión Nacional de Trabajadores del Sector Privado y Público (UNTRASEPP); el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional (SITUN); la Asociación Nacional de Educadores y Educadoras (ANDE); la Unión Nacional de Empleados de la Caja y la Seguridad Social (UNDECA); la Unión Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Sector Público y Privado (UNT); la Central General de Trabajadores (CGT); el Sindicato de Empleados y Empleadas de la Universidad de Costa Rica (SINDEU); la Unión Médica Nacional (UMN); la Asociación Nacional de Profesionales en Enfermería (ANPE); el Sindicato de Profesionales en Ciencias Médicas (SIPROCIMECA); y el Sindicato Nacional de Administradores de Servicios de Salud y Afines del Seguro Social (SINASSASS).

El Gobierno señaló que de acuerdo con el registro mantenido por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la cantidad de los afiliados conjuntos de las organizaciones sindicales que designaron a la delegada de los trabajadores sumaba un total de 129 190 afiliados. Asimismo, indicó que todas esas organizaciones que actuaban bajo los auspicios de BUSSCO contaban con personería jurídica y comprendían una variedad de sectores, incluida una central sindical de gran envergadura, la Central General de Trabajadores (CGT).

El Gobierno alegaba que también había valorado la carta presentada por el Coordinador General de las centrales sindicales, en la que se informaba al Gobierno sobre el acuerdo alcanzado por cinco centrales sindicales para designar al Sr. Augusto Boirivant Arce y al Sr. Marvin Rodríguez Cordero como los delegados titular y suplente, respectivamente, de los trabajadores. No obstante, según el registro del Gobierno, el número total de afiliados de esa agrupación de centrales sindicales ascendía a 92 917, una cifra inferior a los 129 190 afiliados que componían BUSSCO. Por lo tanto, el Gobierno aceptó la designación presentada por BUSSCO, dado que constituía la coalición de organizaciones con el mayor número de afiliados.

El Gobierno refutaba el alegato de que la lista de sindicatos que integraban la agrupación sindical denominada BUSSCO se limitaba a los sectores de la salud y de la educación. Estas organizaciones de hecho representaban a una variedad de sectores, tanto públicos como privados, como por ejemplo la CGT, que representaba a una heterogeneidad de sectores en el ámbito nacional. El Gobierno también cuestionó la caracterización de la ANDE como una organización que sólo incluía a maestros y señaló que, de acuerdo con el Departamento de Organizaciones Sociales, esta institución era un sindicato debidamente inscrito con personería jurídica y con una afiliación de 52 155 personas, en la que se aceptaban otras categorías de profesionales del sector de la educación, incluidas las personas con título docente, los educadores jubilados y trabajadores de centros educativos. En relación con el SEC y el SITRACOME, el Gobierno indicó que el número total de afiliados ascendía a 27 931 y 963, respectivamente.

La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno a su solicitud de información, en la que el Gobierno identificó a las organizaciones de los trabajadores que consideraba las más representativas del país, y proporcionó los datos que constataban su importancia numérica relativa. El Gobierno identificó a seis organizaciones: la CTRN (con 57 757 afiliados); la CSJMP (con 15 191 afiliados); la CMTC (con 6 384 afiliados); la CUT (con 1 227 afiliados); la CCTDRN (con 12 358 afiliados); y la CGT (con 13 931 afiliados). La Comisión observa que el Gobierno también confirmó que, el 26 de marzo de 2015, se había consultado a todas las organizaciones en cuestión sobre la designación de la delegación de los trabajadores y proporcionó documentación que constataba que las consultas se habían llevado a cabo.

La Comisión agradece el carácter integral de la información y la documentación provistas por el Gobierno, que indican que se llevaron a cabo consultas con las organizaciones más representativas de los trabajadores. Sin embargo, observa que persisten elementos cuestionados sobre los criterios con arreglo a los cuales las cifras se establecen y se tienen en cuenta a los efectos de la designación de la delegación de los trabajadores; es posible que dichas cifras deban refinarse ulteriormente. Este asunto no recae dentro de la competencia de la Comisión, y debe resolverse a escala nacional. Por lo tanto, la Comisión invita al Gobierno a seguir solicitando la asistencia técnica de la OIT en este asunto. En consecuencia, la Comisión considera que se necesitan más elementos para garantizar que el Gobierno ha cumplido sus obligaciones constitucionales en virtud del párrafo 5 del artículo 3 de la Constitución de la OIT.

Asuntos relevantes sometidos a votación el día de hoy a la Conferencia.

II.- Recuperación del derecho a voto de Uzbedistan: Se acordó.

III.- Solicitud de las Islas Cook a la OIT: el cual no es miembro de la ONU (se requiere 2/3 presentes y votantes, con voto nominal) ; con 441 votos a favor se convierte en el Miembro 186.

III.- Comisión sobre la Transición de la Economía Informal a la Economía Formal: Instrumentos presentados para su adopción por la Conferencia.

A. Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal;

B. Resolución relativa a los esfuerzos para facilitar la transición de la economía informal a la economía formal.

Se adopta el 12 de junio de 2015 la Recomendación sobre la transición de la economía informal a la economía formal, 2015. (484 a favor, 1 en contra y 5 abstenciones)

Se entiende como Economía informal las unidades que emplean mano de obra; trabajadores por cuenta propia, las cooperativas y las unidades de la economía social y solidaria, asalariados con empleos informales, trabajadores subcontratados o que trabajan en cadenas de suministro, trabajadores doméstico, entre otros.

Se reconoce en esta recomendación la alta incidencia de la economía informal, que representa un importante obstáculo para los derechos de los trabajadores, con inclusión de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, así como para la protección social, las condiciones de trabajo decente, el desarrollo inclusivo y el Estado de derecho. Se entiende que las personas que se incorporan a la economía informal no lo hacen por elección, sino como consecuencia de la falta de oportunidades en la economía formal y por carecer de otros medios de sustento; y que, en un contexto de diálogo social, las políticas públicas pueden acelerar el proceso de transición a la economía formal.

La Recomendación proporciona orientaciones para facilitar la transición de los trabajadores y las unidades económicas desde la economía informal a la economía formal, respetando los derechos fundamentales de los trabajadores y garantizando oportunidades de seguridad de los ingresos, medios de sustento y emprendimiento; promueve políticas macroeconómicas, de empleo, de protección social y otras políticas sociales.

PRINCIPIOS RECTORES: tomar en cuenta la diversidad de características, circunstancias y necesidades de los trabajadores y las unidades económicas de la economía informal, así como las circunstancias, leyes, políticas, prácticas y prioridades específicas de cada país; la promoción y la protección efectivas de los derechos humanos de todas las personas ocupadas en la economía informal; el logro del trabajo decente para todos, mediante el respeto de los principios y derechos fundamentales en el trabajo, en la legislación y en la práctica, y la promoción de la igualdad de género y la no discriminación.

MARCOS JURÍDICOS Y DE POLÍTICAS: debería llevarse a cabo una evaluación y un diagnóstico adecuados de los factores, características, causas y circunstancias de la actividad informal en el contexto de cada país, para la formulación y la aplicación de leyes, políticas y otras medidas destinadas a facilitar la transición a la economía formal, la promoción de estrategias de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza y crecimiento inclusivo.

POLÍTICAS DE EMPLEO. formular y aplicar una política nacional de empleo que esté en consonancia con el Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122), y hacer del empleo pleno, decente, productivo y libremente elegido una meta central de su estrategia o plan nacional de desarrollo y crecimiento.

Hace referencia a una serie de mecanismos para ayudar a los hogares de bajos ingresos a salir de la pobreza: salario mínimo, protección social, protección migrantes, desarrollo de competencias laborales, entre otros.

DERECHOS Y PROTECCIÓN SOCIAL: deberían adoptar medidas para lograr el trabajo decente y respetar, promover y hacer realidad los principios y derechos fundamentales en el trabajo para las personas ocupadas en la economía informal: libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, eliminación del trabajo infantil y de la discriminación, seguridad social, la protección de la maternidad, las condiciones de trabajo decentes, salario mínimo y servicios de guardería.

LIBERTAD DE ASOCIACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL, DIÁLOGO SOCIAL Y PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES DE EMPLEADORES Y DE TRABAJADORES: deberían garantizar que las personas ocupadas en la economía informal disfruten de la libertad de asociación y la libertad sindical y ejerzan el derecho de negociación colectiva.

Por otra parte, se continúa con la discusión del resto de Comisiones y se espera que para el fin de semana se terminen de aprobar los otros informes.

Saludos cordiales.

Martha Rodríguez González
Bloque Unitario Sindical y Social Costarricense
BUSSCO

12 junio de 2015, Ginebra, Suiza.

Informe II de BUSSCO: CIT 104 -OIT


Saludos compañeros, les informo acerca del avance en las comisiones técnicas.

Aplicación de normas.

El Grupo de trabajadores es muy grande en la comisión de aplicación de normas.

En el grupo de los trabajadores se debatió la lista de países. Se reafirma que esta vinculados el derecho a huelga al Convenio 87. Se ha empezado a estudiar el trabajo en el sector rural y se conoció en detalle cuales eran los desafíos. La idea es que el próximo año se conozca como una discusión recurrente.

PYME

Apenas inicia pero solo se ha hablado de creación de empleo y generación de ingresos El informe de la Oficina no hizo referencia a trabajo decente, derechos sindicales o laborales. Se tiene que puntualizar por parte del grupo de los trabajadores el reconocimiento al convenio 189, la declaración sobre justicia social, además, dialogo social y negociación colectiva.

Transición economía informal a la formal.

En esta Comisión se habla de que el Grupo de los Empleadores de habla inglesa ha consolidado un frente para luchar contra el salario mínimo vital. Apenas inicia la discusión.

Discusión recurrente sobre protección social.

Se tiene una mesa con multitud de mujeres y un grupo numerosos y entusiasta. Se cuenta con apoyo al informe. Una limitante muy importante es la disminución en una semana de la duración de la Conferencia, por lo que queda ver que se puede incluir en las conclusiones.

Plenaria comisión de aplicación de normas.

Trabajadores: reconocen que la Comisión de expertos es un órgano indispensable para el control, compuesta por eminentes jurista, un órgano imparcial y técnico de la manera en que se aplican los convenios.

Empleadores:
Pero los empleadores consideran que las Opiniones y observaciones de la Comisión de expertos no son vinculantes, sirven para orientar el quehacer, pero no tienen autoridad judicial, deben considerarse la realidad imperante en los estados miembros.

Reiteran su posición con respecto a las interpretaciones con respecto al derecho a huelga, derivada del convenio 87 que ha hecho la Comisión de Expertos, lo que sigue siendo una preocupación para los empleadores, por cuanto han instado a los gobiernos, incluso, para que ajusten sus legislaciones.

Este derecho no ha sido sanjado, Indican que sabe esta comisión lo que opinan los empleadores. Alegaron que las conclusiones no se pueden justificar, que trascienden los acuerdos tripartitos. Estimamos que comisión de expertos son parte del sistema de control, no es un órgano normativo, solo la CIT.

También tomaron nota, de que las opiniones no resultan equilibradas y no refleja los intereses de gobiernos y empleadores. En ese sentido los empleadores llamaron la atención sobre declaraciones del grupo gubernamental, donde reconocen que el derecho de huelga está integrado a la libertad sindical, pero que el derecho a huelga no es un derecho absoluto y que deben ser regulados por cada país, no aceptan que deriva del convenio de 87. Pidieron a la Comisión de Expertos que recapacite en que el derecho, porque el panorama ha cambiado a partir de marzo de 20015 y reflexionen con respecto a la posición de grupo gubernamental.

Por lo que como ven, el tema del derecho a huelga sigue siendo un tema recurrente, aunque el grupo de trabajadores siguen defendiendo este derecho, la correlación de fuerzas no es favorable, por cuanto han realizado alianzas con los gobiernos. El grupo de los trabajadores tratará de hacer un trabajo de cabildeo con algunos gobiernos europeos.

Por otra parte se acordó la lista de países que serán objeto de análisis, de los que tienen doble cita al pie de página, se verán a partir de mañana Bolivia, Camboya, Camerún, Eritree, República Bolivariana de Venezuela y luego se verán Albania, Argelia, Bangladesh, Belarús, El Salvador, España, Guatemala, Honduras, Indiam, Italia, Kazahtan, Maurice, Mauritania, México, Filipinas, Qatar, República de Corea, Suiza, Turquía, en ese orden.

Hoy está previsto hasta las 10 de la noche.

Saludos,

Martha Rodríguez González
BUSSCOUNDECA
Martes 2 junio de 2015

Informe I Conferencia CIT 104 -OIT

Estimados compañeros y compañeras:

El domingo 31 de mayo se celebraron reuniones por parte de las dos corrientes sindicales y asimismo se realizó la primera reunión del Grupo de los trabajadores. Se eligió como representante vicepresidente del Grupo de los Trabajadores, eligiendo a Luck Courtubeck y se establecieron otras representaciones y varias comisiones.

Este lunes 1 de junio de 2015 se ha realizado la SESIÓN PLENARIA, que inaugura ésta Conferencia, eligiendo a la Presidenta de la CIT 104. Se eligió a una representante del grupo gubernamental, Secretaria de Estado de la República de Letonia, apoyada por el Grupos de trabajadores y empleadores, a su vez los representantes en las diferentes comisiones.

En el orden del día el Director General, el señor Guy Rider se dirigió en el sentido de los ingentes esfuerzos que debe hacer la OIT en el mundo del trabajo. En ésta CIT se combina la innovación porque reduce los días, y por otra parte ambición por lo que se logre en las próximas 2 semanas, y una oportunidad de aprobar en esta ocasión una recomendación para pasar de la economía informal a la economía formal, que debe discutirse en la Comisión sobre la Transición desde la Economía Informal.
En forma personal me parece fundamental porque se aprobará una recomendación que en el caso de Costa Rica, por lo que establece el Código de Trabajo, no son solo una mera recomendación sino que se convierten en referencia.

También se discute en la Comisión sobre PYME y la Creación de Empleo, el papel de las pequeñas y medianas empresa la generación de empleo decente y productivo, se discute también en la Comisión para Discusión Recurrente sobre la protección social, es decir la protección de los trabajadores, que comprende el tema de los salarios, tiempo de trabajo, seguridad y salud en el trabajo y protección de la maternidad.

Por otra parte, la Comisión de aplicación de Convenios y Recomendaciones examina la información y las memorias presentados por los gobiernos. Este año hay en lista 24 casos de graves incumplimientos y otros casos individuales con doble cita al pie de página que están para verse. Hay entre varios documentos informativos, tres libros: el Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, Documento informativo sobre ratificaciones y actividades normativas y Dar una voz a los trabajadores rurales, que es el estudio general, se referirá a los convenios y recomendaciones referentes al derecho de asociación y negociación colectiva de los que son excluidos los trabajadores rurales, un objetivo para mejorar la situación de los trabajadores rurales.

En marzo de 2015 una comisión de empleadores y trabajadores, sin abandonar sus posiciones, llegaron a un acuerdo para permitir que se sesione en la Comisión, en razón de los constantes discusiones acerca del derecho a huelga.
El trabajo de hoy está previsto hasta las 10:30 de la noche.
Saludos fraternales.

Ginebra, Suiza- 1 de junio de 2015

Informes 104.a Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo

Informe I BUSSCO – UNDECA
(1 de junio de 2015)

Informe II BUSSCO – UNDECA
(2 de junio de 2015)

Informe III BUSSCO – UNDECA
(3-4 de junio de 2015)

Informe IV BUSSCO – UNDECA
(5-9 de junio de 2015)

Informe V BUSSCO – UNDECA
(10-12 de junio 2015)

Informe VI y Final BUSSCO – UNDECA
(13-14 de junio 2015)

BUSSCO contra listas de la muerte

Organizaciones sindicales y sociales, integrantes del Bloque Unitario Sindical y Social, BUSSCO, aprovechó la presencia de la Presidenta Ejecutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, CCSS, que declaraba ante la Comisión Legislativa que investiga las listas de espera para cateterismo en el Hospital México, para manifestarse contra el sistema de listas de espera, y por el derecho humano a la salud y la vida.

También la manifestación pública reiteró la necesidad de eliminar la posibilidad de que los gobiernos de turno hagan y deshagan en la CCSS mediante la designación de la Presdencia Ejecutiva y solicitan que esta figura politiquera sea eliminada ya que, además, es contraria a la Ley Constitutiva de la CCSS.

Las deudas de los patronos morosos, incluído el Estado, a la CCSS ya supera los ¢790 mil millones de colones y junto a las estafas y saqueo de los recursos económicos (como el caso Caja-Fischel o venta de equipo obsoleto o construcciones de edificios deficientes) son los principales problemas que tiene en crisis a la institución.